La campaña de la Renta se presenta en primavera: en la última, la Renta 2025, la Agencia Tributaria abrió la presentación por internet el 8 de abril de 2026 y la cerró el 30 de junio, tanto para las declaraciones a pagar como a devolver. Quien domiciliaba el pago tenía hasta el 25 de junio. Y queda una fecha viva: si fraccionaste el pago, el segundo plazo, el 40 %, vence el 5 de noviembre de 2026. El calendario de la próxima campaña, la Renta 2026, aún no está publicado a octubre de 2026.

Lo que sí puedes hacer ya es reunir los papeles que vas a necesitar, que es lo que más tiempo lleva.

Calendario de la Renta 2025 (presentada en 2026)
  1. 8 de abrilpresentación por internet: Renta WEB, Renta DIRECTA y app
  2. 6 de mayoatención por teléfono, con cita desde el 29 de abril
  3. 1 de junioatención en oficinas, con cita desde el 29 de mayo
  4. 25 de junioúltimo día para domiciliar un resultado a pagar
  5. 30 de juniofin del plazo, a pagar o a devolver
  6. 5 de noviembresegundo plazo (40 %) si fraccionaste el pago

Agencia Tributaria, nota de inicio de la Campaña de Renta y Patrimonio 2025 (8 de abril de 2026) y manual de ayuda del modelo 100. El calendario de la próxima campaña aún no está publicado (octubre de 2026).

Las fechas de la última campaña

La Renta se declara el año siguiente al de los ingresos: la Renta 2025 recoge lo que ganaste en 2025 y se presentó en 2026. Según la nota de inicio de campaña de la Agencia Tributaria:

  • Desde el 8 de abril: borrador y presentación por internet, con Renta WEB, Renta DIRECTA o la app. Renta DIRECTA sirve para declaraciones sencillas sin cambios sobre el borrador y, en esta campaña, añadió el pago con Bizum y tarjeta.
  • Desde el 6 de mayo: atención por teléfono con el plan «Le Llamamos», con cita desde el 29 de abril.
  • Desde el 1 de junio: atención presencial en oficinas, con cita desde el 29 de mayo.
  • 25 de junio: último día para presentar con domiciliación bancaria.
  • 30 de junio: fin del plazo.

Los días exactos cambian de un año a otro. Hasta que la Agencia Tributaria publique el calendario de la próxima campaña, no te fíes de fechas que circulen por ahí.

¿Te toca declarar?

Límites para no estar obligado a declarar (Renta 2025)
  • 22.000 €rendimientos del trabajo de un solo pagadoro de varios, si del segundo y siguientes no pasan de 1.500 €
  • 15.876 €del trabajo con más de un pagadory en otros supuestos, como pensiones compensatorias
  • 1.600 €capital mobiliario y ganancias con retención
  • 1.000 €rentas inmobiliarias imputadas y similares

Artículo 96 de la Ley del IRPF, según la ayuda del modelo 100 de la Agencia Tributaria. Los autónomos declaran siempre.

La obligación depende de lo que ingresaste y de dónde viene. Para la Renta 2025, no estabas obligado a declarar si solo tenías rendimientos del trabajo (incluidas las pensiones) por debajo de estos límites:

Situación Límite
Un solo pagador 22.000 €
Varios pagadores, si del segundo y siguientes cobraste 1.500 € o menos 22.000 €
Varios pagadores por encima de esos 1.500 € 15.876 €

Hay más límites para otras rentas, como 1.600 euros de intereses y ganancias con retención o 1.000 euros de rentas inmobiliarias imputadas. Y hay quien declara siempre: los autónomos y quienes quieren aplicarse ciertas reducciones o deducciones, como las aportaciones a planes de pensiones o la deducción por vivienda habitual del régimen transitorio.

Cómo acceder: Cl@ve, certificado o referencia

Para entrar en Renta WEB necesitas identificarte con Cl@ve, certificado electrónico, DNI electrónico o el número de referencia del expediente. Ojo con este último: las referencias de una campaña caducan antes de la siguiente. En 2026, las de la Renta 2024 dejaron de valer el 11 de marzo. Con Cl@ve se obtiene una nueva al momento. Si declaras en conjunta, necesitarás también la referencia o la Cl@ve de tu cónyuge.

Qué documentos preparar

El borrador trae casi todo, pero no siempre bien. Antes de confirmarlo, compara sus datos con tus papeles:

Qué tener a mano antes de abrir el borrador

Si te sale a pagar: el pago en dos plazos

Puedes fraccionar el resultado sin intereses ni recargo: el 60 % al presentar la declaración y el 40 % restante hasta el 5 de noviembre. Para ello tienes que presentar dentro de plazo. Si no pagas la primera parte a tiempo, se reclama el importe total. En la Renta 2025 podías domiciliar ambos plazos hasta el 25 de junio, o solo el segundo hasta el 30 de junio.

Después de la campaña: guarda el expediente

La declaración presentada, el justificante de pago y los certificados que usaste son tu defensa si Hacienda revisa el ejercicio. El plazo general de prescripción de la Ley General Tributaria es de cuatro años desde el fin del plazo de presentación; en cuánto tiempo guardar los papeles en España tienes ese y otros plazos, y en deducciones de la Renta qué justificantes conviene conservar.

A mano: crea una carpeta por ejercicio («Renta 2025») y mete ahí el PDF de la declaración, los certificados de retenciones, los de donativos y los recibos que justifiquen deducciones. Escanea los papeles en cuanto llegan, no en junio; la guía sobre cómo guardar recibos en digital tiene un método sencillo.

Paperlock hace ese archivo sin carpetas: lee cada certificado y recibo, guarda la fecha y el importe, y luego le puedes preguntar «¿cuánto doné en 2025?» o «¿dónde está el certificado del plan de pensiones?» y te contesta con el documento adjunto.

Fechas y límites de la Agencia Tributaria consultados en octubre de 2026. En el País Vasco y Navarra, consulta tu hacienda foral.